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DECRETO SUPREMO Nº 14863

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, el Hospital Central de las Fuerzas Armadas de la Nación se encuentra en plena etapa de construcción, por lo que se estima necesario proveer de COFADENA como organismo encargado de su ejecución, de una adecuada cobertura financiera para garantizar la continuidad de la obra.

Que, analizado el avance de obra por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, se establece la necesidad de otorgar a. COFADENA un soporte financiero de $b. 4.000.000.- con cargo a recursos del Tesoro Nacional y a través de un Presupuesto Adicional por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional para su posterior transferencia a dicho Organismo.

Que, es deber del Supremo Gobierno atender los requerimientos de COFADENA, por tratarse de una obra de evidente necesidad para las Fuerzas Armadas de la Nación.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Defensa Nacional para COFADENA, con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por la suma de CUATRO MILLONES 00/100 DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 4.000.000.), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

Código

F u e n t e

Presupuesto

Adicional

1977

I

NACIONALES

4.000.000.-

1.—

Tesoro Nacional

4.000.000.-

 

T o t a l e s :

4.000.000.-

========

 

E G R E S O S

 

 

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto

Adicional

1977

700

TRANSFERENCIAS

4.000.000.-

720

Al Sector Públioc

4.000.000.-

724

Transferencias de Capital por Subvenciones

 

 

 

Administración Descentralizada

3.—Empresas Públicas

 

 

Corporación de las FF.AA.

para el Desarrollo Nacional

 

 

4.000.000.-

 

T o t a 1:

4.000.000.-

========

 

 

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- COFADENA, como organismo receptor de la anterior transferencia se sujetará en su aplicación de acuerdo al siguiente detalle de ingresos y egresos:

 

CAPITULO DE INVERSION

 

PROGRAMA 06 : CONSTRUCCIONES

PROYECTO 02 : HOSPITAL CENTRAL DE LAS FF.AA.

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

Código

Fuente

Presupuesto

Adicional

1977

I NACIONALES

4.000.000.-

4 .— Transferencias

4.000.000.-

Por Subsidios o Subvenciones

 

Ministerios de Estado

 

Ministerio de Defensa Nacional

4.000.000.-

T o t a l:

4.000.000.-

========

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código D e s c r i p c i ó n

Presupuesto

Adicional

1977

400 ACTIVOS FIJOS Y

 

FINANCIEROS

4.000.000.-

420.4 Construcciones, Reformas e...

 

Instalaciones

4.000.000.-

T o t a l:

4.000.000.-

========

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de agosto de mil novecientos setenta y siete años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUÁREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villapando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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