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DECRETO SUPREMO N° 20806

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que de acuerdo a la Ley de 31 de abril de 1980, la ejecución del Proyecto Multipropósito San Jacinto, ha sido declarado de prioridad nacional, por lo que el Poder Ejecutivo debe financiar los montos no cubiertos por el crédito internacional, siendo prioritarios aquellos aspectos relacionados estrictamente con situaciones de orden social.

 

Que las tierras afectadas por el embalse del Proyecto San Jacinto deben ser canceladas según lo establece el D.S. N° 17404 de 16 de mayo de 1980.

 

Que los montos necesarios para cubrir las indemnizaciones a los campesinos afectados por el Proyecto, debe cancelarse de acuerdo al Convenio suscrito entre el Directorio de la Asociación “San Jacinto” y los representantes campesinos, siendo imperativo para ello aprobarse un Presupuesto Adicional para el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios como cabeza de sector.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase para el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, un Presupuesto Adicional de PESOS BOLIVIANOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS MILLONES ($b. 67.500.000.000.-) para cubrir el pago de indemnizaciones a los campesinos afectados por la expropiación de sus tierras que se han destinado a la ejecución del Proyecto Multipropósito de “San Jacinto” en el Departamento de Tarija, debiendo realizarse los desembolsos en función a la prioridad en la presentación de documentos por parte de los campesinos afectados, según el siguiente detalle:

 

ORGANISMO: Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.

CAPITULO II: Inversión.

PROGRAMA 03: Estudios, Administración y Ejecución de Proyectos Agropecuarios. PROYECTO 14: Múltiple San Jacinto

 

INGRESOS

 

(En Miles de Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por origen de los recursos:

 

CODIGO FUENTE PRESUPUESTO     Adicional   1985 I NACIONALES 67.500.000   1.- Tesoro Nacional 67.500.000 TOTAL: 67.500.000   EGRESOS (En miles de Pesos Bolivianos)   Clasificación por objeto de gasto: CODIGO DESCRIPCION PRESUPUESTO   Adicional     1985   400 ACTIVOS FIJOS Y   FINANCIEROS 67.500.000 410 Inmobiliarios 67.500.000 411 Terrenos 67.500.000 TOTAL: 67.500.000

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete dias del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cinco años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Edgar Camacho O., Gustavo Sánchez S., Elías Gutiérrez A., Francisco Belmonte C., Freddy Justiniano F., Oscar Farfán M., César Chavez T., Hernando Poppe M., Gabriel Porcel S., Luis Pommier G., Guillermo Moscoso R., Adhemar Velarde O. Min. Prev. Social a.i., Emilio Ascarrunz P., Percy Fernández A., Percy Camacho F.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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