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DECRETO SUPREMO Nº 06646

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Y GRAN MAESTRE DE LA ORDEN DEL

“CÓNDOR DE LOS ANDES”

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Decretos de 29 de octubre de 1929 y de 17 de julio de 1947 disponen que la Condecoración de la Orden del “Cóndor de los Andes” creada por Decreto Supremo de 18 de abril de 1925, puede ser otorgado a ciudadanos bolivianos que hayan prestado sobresalientes servicios a la República.

 

Que es deber del Gobierno de la Revolución Nacional reconocer los calificados merecimientos de quienes sirven a la colectividad.

 

Que el señor Doctor Daniel Bilbao Rioja, al cumplir sus Bodas de Oro Profesionales, se hace merecedor a una distinción especial de la República en mérito a la eficiente labor que ha desarrollado en servicio del pueblo boliviano como apóstol de la medicina.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Confiérese la Condecoración de la Orden del “Cóndor de los Andes” en el Grado de COMENDADOR al señor Doctor Daniel Bilbao Rioja.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, José Fellman Velarde.

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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