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DECRETO SUPREMO Nº 11210

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Aduana Agropecuaria Departamental de La Paz, mediante arreglo transaccional con el Abogado Hugo Cárdenas Mallea tiene que cancelar la suma de $b.70.000.- en calidad de honorarios, daños y perjuicios dentro de una acción legal seguida ante los Tribunales Ordinarios, por lo que es necesario disponer se apruebe un Presupuesto Adicional con recursos propios para el cumplimiento de la mencionada obligación.

 

Que, el Departamento de Programación del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el cuadro respectivo, los que representan recursos extraordinarios para la viabilidad de la aprobación de este presupuesto.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional para la Aduana Agropecuaria de La Paz, por la suma de SETENTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 70.000.-) para la gestión de 1973 con recursos propios de dicha Aduana, de acuerdo a la especificación del siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código Fuente

Presupuesto

1073

I NACIONALES

 

70.000.-

5.- OTROS

70.000.-

5.5 Varios (Fondos Recuperados)

70.000.-

Total:

70.000.-

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código Descripción

Presupuesto

1973

600 RESERVAS

70.000.-

620 RESERVAS SOCIALES

70.000.-

621 Reservas para Beneficios Sociales

70.000.-

Total:

70.000.-

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Jaime Florentino Mendieta Vargas Jaime Quiroga Matos, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luís Leigue Suárez, Mario Serrate Ruiz, Alfredo Franco Guachalla, Alberto Natusch Busch, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Sergio Otero Gómez, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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