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DECRETO SUPREMO Nº 21498

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Consejo Nacional de Edificaciones Escolares “CONES” convocó a Licitación Pública Nº 01/86 para las obras de construcción del Liceo Técnico “NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ” de esta ciudad, la que no habiéndose presentado propuestas se declaró desierta.

 

Que dentro el proceso de invitación directa, se presentarón 17 propuestas, por lo que la H. Junta de Licitaciones del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares “CONES” en reunión de 16 de octubre del año en curso y luego de considerar y aprobar el informe de la Comisión Calificadora de propuestas de acuerdo lo previsto por el D.S. Nº 15192 de 15 de diciembre de 1975, resolvio adjudicar la Licitación Nº 01/86 en favor de la Empresa Constructora “CARDONA LTDA.” por así convenir a los intereses de la Entidad licitadora.

 

Que estando cumplidas las formalidades legales que en materia rigen, corresponde al Supremo Gobierno de conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del ARt. 21 del D.S. Nº 21364 de 13 de Agosto del presente año, aprobar la adjudicación señalada en favor de la Empresa Constructora “CARDONA” LTDA.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Aprobar la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares “CONES” relativa a la Licitación Nº 01/86 en favor de la Empresa Constructora “CARDONA” LTDA., para la obra de construcción del Liceo Técnico “NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ” de esta ciudad, por el precio corregido de $bs 302.732.360.000 (Trescientos dos mil, setecientos treinta y dos millones, trescientos sesenta mil 00/100 Pesos Bolivianos) que “CONES” pagará con cargo a la partida 400 de su presupuesto consolidado de la presente gestión.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al señor Director ejecutivo del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares “CONES”, suscribir con el personero legal de la firma adjudicataria el Contrato de Obra, con intervención del señor Fiscal de Gobierno y refrendada por la Contraloría General de la República.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y seis.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Fernando Barthelemy M., Luis Fernando Valle Q., Juan Cariaga O., Gonzálo Sánchez de Lozada, Andrés Petricevíc R., Enrique Ipiña M., Wálter Ríos G., Fernando Moscoso S., Jaime Villalobos S., Carlos Pérez G., Carlos Morales L., Edil Sandoval M., Juan Carlos Durán Saucedo, Franklin Anaya V., Hermann Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar P.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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