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DECRETO SUPREMO Nº 21486

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que mediante decreto supremo de excepción 17873 de 30 de diciembre de 1980, se autorizó con carácter transitorio, a la Junta Superior de la Administración Autonoma de Almacenes Aduaneros, conocer y adjudicar propuestas en forma directa para la descarga, almacenamiento, carga de trigo y otras mercaderías, por los puertos de tránsito de Arica y Antofagasta (Chile), Rosario (Argentina) y Mollendo (Perú).

 

Que habiéndose superado las condiciones bajo las cuales se otorgó ese tratamiento, corresponde regularizar las adquisiciones y la contratación de servicios en el marco del ordenamiento legal vigente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Abrógase el decreto supremo 17873 de 30 de diciembre de 1980.

 

El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y seis años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Fernando Barthelemy M., Luís F. Valle Q., Fernando Kempff B. Min. Finanzas a.i., Franklin Anaya V. Min. Planeamiento y Coordinación a.i., Roberto Gisbert B., Enrique Ipiña M., Andrés Petricevíc R., Carlos Pérez G., Wálter Ríos G., Jaime Villalobos S., Edil Sandoval M., Carlos Morales L., Juan, Carlos Durán S., Hermánn Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar P.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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