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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 15084

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA) ha contraído compromisos con firmas constructoras y otros por un monto de $b. 2.514.900.- en gastos de funcionamiento y $b. 1.050.000.- en gastos de inversión, con cargo a saldos de gestión anterior, entregados por el Tesoro Nacional y depositados actualmente en cuentas bancarias de la Pagaduría Central de las Fuerzas Armadas y que requieren ser aplicados a través de un Presupuesto Adicional en la forma prevista por el Art. 27 del D.L. Nº 14244 de 30 de diciembre de 1976.

 

Que, de acuerdo a formalidades técnicas del Presupuesto se hace necesario habilitar el uso de los indicados recursos de gestión anterior a través de una distribución orgánica por capítulos, programas, proyectos y objeto del gasto en función de las obligaciones contraídas y de las actividades futuras del organismo.

 

Que, habiéndose elaborado el respectivo detalle de ingresos y egresos por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas en la forma prevista por la Ley Financial vigente, corresponde al Poder Ejecutivo determinar su aprobación legal.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional con cargo a saldos de gestión anterior, por la suma de TRES/MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS oo/1oo PESOS BOLIVIANOS ($b.3.564.900.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

Código

 

F u e n t e

Presupuesto Adicional

1977

I

NACIONAL

3.564.900.-

5.-

Otros

3.564.900.-

5.2

Saldo Gestión Anterior

3.564.900.-

 

T o t a l :

3.564.900.-

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto de Gastos :

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto Adicional

1977

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

2.514.900.-

420.5.2

Construcción, reformas e Instalaciones

1.285.000.-

430

Maquinarias y Equipos

1.229.900.-

433.5.2

Equipos de Transporte, Tracción y Elevación

1.229.900.-

 

TOTAL CAPITAL DE FUNCIONAMIENTO

2.514.900.-

 

CAPITULO DE INVERSION

PROGRAMA 03: AGROPECUARIO

PROYECTO 02: Agroindustria la Gaiba

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por objeto e gastos:

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto adicional

1977

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

234.000.-

430

Maquinas y Equipos

234.000.-

433.5.2

Equipos de Transporte, Tracción y Elevación

234.000.-

 

T o t a l :

234.000.-

 

PROGRAMA 04: MINERO METALÚRGICO

PROGRAMA 01:

 

Explotación Yacimientos Auríferos en los

Ríos Kaka-Mapiri y Tuichi.-

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianoa)

 

Clasificación por objeto de Gastos:

Código

D e s c r i p c i ó n

Propuesta Adicional

1977

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

816.000.-

440

Activos Financieros

816.000.-

441.5.2

Titulo y Valores

816.000.-

 

Total PROYECTO

816.000.-

 

TOTAL CAPITULO DE INVERSIÓN

1.050.000.-

 

TOTAL GENERAL

3.564.900.-

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años,

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, Rene Bernal Escalante, Juan Lechin Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villapando Armaza, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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