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DECRETO SUPREMO N° 15070

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, en fecha 15 de mayo de 1949, el Gobierno de la República de Bolivia conjuntamente con los Gobiernos del Brasil, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Haití, Honduras, Nicaragua y Perú, ha suscrito en la ciudad de Washington D.C., el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades de la Organización de los Estados Americanos;

Que, es de conveniencia para los intereses del país proceder, a su aprobación y ratificación correspondiente;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase y ratifícase el Convenio suscrito el 15 de mayo de 1949, por el cual Bolivia otorga los Privilegios e Inmunidades a los Representantes de los Estados Miembros en los Órganos de la Organización de Estados Americanos (OEA), al Secretario General y al Secretario General Adjunto, así como a los funcionarios y demás miembros del personal de la Unión Panamericana.

 

ARTÍCULO 2.- El Embajador Delegado Permanente de Bolivia ante la Organización de los Estados Americanos, depositará en la sede de dicho organismo el correspondiente instrumento de ratificación a la brevedad posible.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ Osear Adriázola Váida; Juan Pereda Asbún, Rene Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillen Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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