TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 24432

 

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que es objetivo fundamental del Supremo Gobierno de Bolivia contribuir a mejorar las condiciones de higiene y salud de la población boliviana, mediante la ampliación y el mejoramiento de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, canalizando recursos a las áreas locales, permitiendo de esta manera la realización de proyectos de inversión;

 

Que para el efecto, el Banco Interamericano de Desarrollo ha acordado conceder a la República de Bolivia, un préstamo de hasta SETENTA MILLONES, oo/100 DOLARES AMERICANOS ($us.70.000.000.-) o su equivalente en otras monedas, con recursos de su Fondo para Operaciones Especiales, destinado a financiar el Programa de Saneamiento Básico Urbano;

 

Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Convenio a objeto de materializar este financiamiento.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1.- Se autoriza al Ministro de Hacienda, suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente Contrato de Préstamo, por un monto de hasta SETENTA MILLONES,oo/100 DOLARES AMERICANOS ($us.70.000.000.-), destinado a financiar el Programa de Saneamiento Básico Urbano.

 

ARTICULO 2.- Se autoriza al Tesoro General de la nación traspasar los recursos del préstamo mediante Convenio Subsidiario al Fondo Nacional de Desarrollo Regional, ejecutor del Programa.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis años.

 

FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Franklin Anaya Vásquez, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Raúl España Smith, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcazar G., Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|