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DECRETO SUPREMO Nº 06601

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Supremo No. 06481 de 31 de mayo de 1963, fue creada la Comisión encargada de estudiar y formular un proyecto de ley para la promoción y fomento de las inversiones privadas tendiente a la ampliación de las disposiciones legales en vigencia relacionadas con las inversiones privadas que se realizan en el país;

 

Que se ha hecho evidente la necesidad de aumentar el número de miembros que integran la mencionada Comisión, con un representante del Banco Central de Bolivia,

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Amplíase la Comisión encargada de estudiar y formular el Proyecto de Ley para la promoción y fomento de las inversiones privadas, creada mediante Decreto Supremo No. 06481 de 31 de mayo del año en curso, con la inclusión de un representante del Banco Central de Bolivia.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, J. Fellman Velarde, A. Gumucio Reyes, Gral. Luis Rodríguez B., José Antonio Arze Murillo, Ciro Humboldt B., Aníbal Aguilar P., A. Franco Guachalla, Hugo Suárez G.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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