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DECRETO SUPREMO Nº 14593

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, la Junta Nacional de Acción Social, dependiente de la Presidencia de la República, tiene a su cargo diversos programas de asistencia social;

Que, uno de esos programas es precisamente la protección y asistencia al anciano;

Que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 11925 de 25 de noviembre de 1974, el inmueble situado en la calle Yanacocha N° 786 donde funciona el Asilo de Ancianas "Rosaura Campos", fue transferido al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública;

Que, el Decreto Supremo N° 12300 de 13 de marzo de 1975, dispone que la Dirección Nacional de Protección Social a la Mujer y el Servicio de Protección al Anciano, dependientes del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, pasan a depender de la Junta Nacional de Acción Social, con su presupuesto y patrimonio respectivos;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública la transferencia a título gratuito del inmueble situado en la calle Yanacocha N° 786 donde funciona el Asilo de Ancianas "Rosaura Campos", en favor de la Junta Nacional de Acción Social, dependiente de la Presidencia de la República, debiendo suscribirse los documentos legales respectivos.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos setenta y siete años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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