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DECRETO SUPREMO Nº 14590
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Comité Departamental de Desarrollo y Obras Públicas de Potosí, dentro del Plan Operativo de la presente gestión esta llevando a cabo la construcción de los sistemas de agua potable para la población de Uncía y Llallagua.
Que, en fecha 4 de noviembre de 1974 se adjudicó a la empresa CONSIL S.A. la provisión de los materiales y accesorios requeridos para la ejecución de los trabajos correspondientes; los mismos que no cubren la totalidad de los requerimientos de estas obras para su conclusión y a la vez contemplar materiales que no son necesarios.
Que, es imperiosa la necesidad de proceder a las conclusiones de estas obras en el más breve plazo, dictando las medidas legales necesarias.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comité Departamental de Desarrollo y Obras Públicas de Potosí, la compra, por el sistema de invitación directa, del lote de materiales necesarios para concluir la instalación de los sistemas de agua potable de las localidades de Uncía y Llallagua.
ARTÍCULO 2.- La adquisición anteriormente autorizada no deberá exceder de la suma total de Tres Millones Setecientos Mil 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.700.000.00.-) según las especificaciones técnicas preparadas por el Comité de Desarrollo y Obras Públicas de Potosí, y la Empresa supervisora de la instalación del indicado servicio. La Contraloría General de la República deberá intervenir en la suscripción de la documentación legal pertinente.
ARTÍCULO 3.- Igualmente se autoriza a CODEPO proceder a la venta de los materiales sobrantes de la adquisición realizada anteriormente por CONCIL, con destino a la construcción de los sistemas de agua potable y alcantarillado de Uncía y Llallagua para lo cual, deberá realizar un inventario conjunto con la Contraloría General de la República laque señalará el sistema de venta de los mismos.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Urbanismo y Vivienda y Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.
TEXTO DE CONSULTA
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