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DECRETO SUPREMO Nº 14582
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la participación de Bolivia en los procesos de integración económica, regional y subregional, implica el cumplimiento de compromisos arancelarios adquiridos en la ALALC y el Grupo Andino;
Que, en los niveles operativos se presentan dificultades en la interpretación y aplicación de las medidas arancelarias aprobadas;
Que, para la solución oportuna de tales problemas se hace necesario que el Ministerio correspondiente tenga la facultad de efectuar las aclaraciones necesarias.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Para el cumplimiento de los compromisos arancelarios derivados de la participación de Bolivia en la Asociación Latina Americana de Libre Comercio y el Grupo Andino, el Ministerio de Finanzas, en coordinación con los organismos competentes del Estado, instruirá las formas y procedimientos de aplicación a las aduanas de despacho.
El señor Ministro de Estado, en el despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de mayo de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Alberto Natusch Busch, Santiago Maese Roca.
TEXTO DE CONSULTA
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