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DECRETO SUPREMO Nº 14554

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es propósito del Supremo Gobierno de la Nación atender y satisfacer las necesidades que confronta la educación a nivel superior, dotando a los establecimientos universitarios de locales adecuados conforme a las exigencias pedagógicas, técnicas y profesionales:

 

Que, los inmuebles adyacentes a la Facultad de Tecnología de la Universidad Boliviana Mayor de San Andrés, ubicados en la calle Ayacucho Nos. 207 y 217 de esta ciudad, de propiedad de los señores Sociedad Inmobiliaria Mariscal de Ayacucho y sucesión del señor Celso Loza Calero reunen las condiciones apropiadas, que permitirán la construcción de un moderno edificio para el desarrollo y ampliación de las instalaciones de la Facultad de Tecnología dependientes de la Universidad Boliviana Mayor de San Andrés;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de las superfiices totales de los inmuebles de propiedad de los señores "Sociedad Inmobiliaria Mariscal de Ayacucho" y sucesión del señor Celso Loza Calero, situadas en la calle Ayacucho Nos. 207 y 2.17 de esta ciudad, con destino a la construcción de un moderno edificio para ampliar las instalaciones de la Facultad de Tecnología de la Universidad Boliviana Mayor de San Andrés.

 

ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento de La Paz, seguirá el trámite de expropiación con arreglo al Decreto Supremo de 4 de abril de 1870 elevado a Ley en 30 de diciembre de 1884, debiendo cancelarse el valor de la indemnización por la Universidad Boliviana Mayor de San Andrés con sujeción al Decreto Supremo Nº 09304 de 9 de julio de 1970.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Educación y Cultura quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de abril de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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