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DECRETO SUPREMO Nº 14539

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 7º del D.S. Nº 13697 de 22 de junio de 1976, el Tesoro General de la Nación tiene la obligación de erogar la suma de $us. 1.200.000.- por concepto de subvención a la importación de 58.000 toneladas métricas de trigo de procedencia norteamericana, de conformidad con las regulaciones del Programa GSM-4 Commodity Credit Corporatión (CCC). adquisición que garantiza el abastecimiento de este cereal a la Industria molinera nacional hasta los primeros meses de la presente gestión fiscal.

 

Que, para atender esta obligación del Estado se hace necesario determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos del Tesoro Nacional, por la suma de $b. 24.456.000.-, incluyendo a la vez el detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, en función de lo dispuesto por el Art. 27 del D.L. Nº 14244 de 30 de diciembre de 1976.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo con cargo a recursos del Tesoro Nacional por la suma de VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 24.456.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO, DE INDUSTRIA COMERCIO Y TURISMO

FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01: ADMINISTRACION GENERAL

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Codigo

Fuente

Presupuesto Adicional

1977

I

NACIONALES

24.456.000.-

1.-

Tesoro Nacional

24.456.000.-

 

Total:

24.456.000.-

 

 

 

E G R E S O S

(En pesos Boliivana)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DE GASTOS:

Código

Descripción

Presupuesto Adicional

1977

700

TRANSFERENCIAS

24.456.000.-

710

AL SECTOR PRIVADO

24.456.000.-

713

Subsidios o Subvenciones

24.456.000.-

 

Total:

24.456.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Industria, comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de abril de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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