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DECRETO SUPREMO Nº 14533

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, en fecha 29 de abril de 1976 la Honorable Alcaldía Municipal de Riberalta se ha dirigido mediante nota oficial al Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, manifestando que el acelerado crecimiento urbanístico y poblacional de esa ciudad ha dado lugar a la planificación de nuevas estructuras ajustadas a los requerimientos de dicho crecimiento, tomando como base los terrenos suburbanos en la zona periférica de Riberalta,

Que, con tales antecedentes la mencionada Alcaldía Municipal ha solicitado al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, la cesión de una parte de los terrenos propios de la Estación Experimental de Riberalta, dependiente de esa Secretaría de Estado, en la extención de 55 hectáreas que se destinarán a la nueva urbanización planificada.

 

Que, el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios ha consultado al respecto con la Contraloría General de la República para determinar el valor de los terrenos a transferir en favor de la Honorable Alcaldía Municipal de Riberalta y que el Departamento Técnico de la misma, previa consulta con la comisión evaluadora y la Alcaldía de Riberalta, ha establecido que el precio es de $b. 0.50 por m2, de donde se desprende que el valor total de 1.710.000 m2. a transferirse es de $b.855.000.-, terrenos que estén destinados a una obra considerada de interés social en favor de la población de Riberalta.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios a ,transferir en favor de la Honorable Alcaldía Municipal de Riberalta la extensión de tierras mencionada en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, en la forma y condiciones anotadas, con destino a las obras de urbanización emprendidas por dicha Comuna, debiendo suscribirse las correspondientes escrituras con todas las formalidades de ley, más la intervención de la Contraloría General de la República y Fiscalía de Gobierno.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los fondos provenientes de la transferencia autorizada se destinarán, por el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, a satisfacer las necesidades técnicas y administrativas de la Estación Experimental de Riberalta.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Asuntos Campesinos Agropecuarios y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de abril de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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