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DECRETO SUPREMO Nº 14524

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C ON S I D E R A N D O:

 

Que, en cumplimiento de sus programas de rehabilitación ferroviaria con cargo al Convenio de Préstamo 1121-BO, suscrito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, la Empresa Nacional de Ferrocarriles ha licitado la provisión de tubos para alcantarillas;

 

Que, tanto en la licitación pública como en la adjudicación, se ha dado cumplimiento al procedimiento y formalidades previstas por Decreto Supremo de 22 de mayo de 1939, siendo procedente en consecuencia, aprobar conforme el Art. 13º del Decreto Supremo Nº 14244 de 30 de diciembre de 1976, la adjudicación otorgada por la H. Junta de Adquisiciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil en su reunión de 22 de marzo de 1977.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Se aprueba la adjudicación efectuada por la H. Junta de Adquisiciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, en favor de la Corporación Comercial Boliviana S.A. "COBANA", representantes de "Armaco-Brasil", para la provisión de 480 metros lineales de tubwería para alcantarillas, al precio total de CIENTO CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS 80/100 DOLARES AMERICANOS, ($us. 114.556.80) equivalentes a $b. 2.334.667.58 CIF Oruro.

 

ARTÍCULO 2.- Se autoriza a los señores: Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y Gerente General de la Empresa Nacional de Ferrocarriles para que, con la intervención del señor Fiscal de Gobierno suscriban con la firma adjudicada el correspondiente contrato público. El señor Contralor General de la República refrendará el mencionado contrato.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de abril de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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