Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
DECRETO SUPREMO N° 14506
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 14401 de fecha 11 de marzo de 1977 el Supremo Gobierno aprobó las adjudicaciones de la Junta Especial de Almonedas del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz en fecha 16 de noviembre de 1976, en favor de varias empresas nacionales para el suministro de equipos y materiales a utilizarse en la construcción del camino San Ramón Trinidad, así como los respectivos financiamientos para la provisión de los mismos, sujeto sin embargo a este último caso al cumplimiento de las formalidades legales pertinentes.
Que, en tal virtud, y habiendo el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz aprobado un financiamiento externo para tal objeto por un monto de UN MILLON NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 1.099.485.-) ofrecido por CARTERA DE COMERCIO EXTERIOR DEL BRASIL CACEX-NUFEX, de acuerdo a las normas legales vigentes en materia de crédito y externo, y cumplidas satisfactoriamente las negociaciones y formalidades pertinentes con la intervención del Instituto Nacional de Financiamiento Externo (INDEF) y demás autoridades llamadas al efecto así como del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, el Consejo Nacional de Economía y Planificación ha aprobado a su vez los términos y condiciones del financiamiento y las negociaciones efectuadas, siendo en consecuencia necesario aprobar la referida operación y adoptar las medidas necesarias conducentes a su ejecución y cumplimiento y a la firma y suscripción de los documentos respectivos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase en todas sus partes el Convenio de Préstamo y todos los documentos que le son relativos, en los términos de su redacción, entre el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, por una parte, y por otra la Cartera de Comercio Exterior del Brasil, por la suma de UN MILLON NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 1.099.485.-), equivalentes al 80% del valor parcial de equipo caminero destinado al financiamiento para la adquisición de equipos y materiales a utilizarse en la construcción del camino San Ramón-Trinidad de las empresas adjudicatarias de la misma, sujeto a las condiciones básicas siguientes:
Monto: 1.099.485.-
Plazo: A plazo en 15 amortizaciones semestrales, la primera amortización a pagar 360 días después de la fecha de embarque
Interés anual: 7 1/2% fijo.
Garantía: Carta de Garantía del Banco Central de Bolivia.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, extender carta de garantía correspondiente, debidamente suscrita por su Presidente y Gerente General.
ARTÍCULO 3.- Dicho Convenio de Préstamo, y todos los documentos que le son relativos, su ejecución y cumplimiento y el pago de reembolso de los montos respectivos y su remisión al exterior, incluyendo intereses, comisiones, gastos y otros y todo acto, contrato, registro o procedimientos relativos a esta negociación y financiación, quedan exentos de pago y de cualquier retención por concepto de tributos, contribuciones, tasas, gravámenes, cargas, derechos y similares sin excepción alguna, sean de carácter nacional, municipal, departamental u otros.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Urbanismo y Vivienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de abril de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026