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DECRETO SUPREMO N° 14503

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos, de acuerdo con el Art. 4º, inciso e) del Decreto Supremo N° 10773 de 16 de febrero de 1973, convocó a propuestas para la compra venta de 250.000,oo m2. dentro del 4° Anillo de la ciudad de Santa Cruz.

 

Que, la Junta de Licitaciones de ese Consejo, mediante Resolución Nº 06/77 de 16 de marzo de 1977, ha adjudicado la propuesta de la Sra. Gaby Montes vda. de Eguez, sobre terrenos ubicados en la zona Este, frente al 4° Anillo de Santa Cruz, en la extensión de 220.000,oo m2, al precio de $b. 55.- el metro cuadrado, total Sb. 12.100.000,oo.

 

Que, cumplidos los requisitos y procedimientos previstos por disposiciones legales en vigencia, corresponde aprobar la adjudicación de acuerdo con el Art. 13, inciso d) del Decreto Ley N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación hecha por la Junta de Licitaciones del Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos, mediante Resolución N° 06/77 de 16 de marzo de 1977 para la adquisición a título de compra-venta de los terrenos ubicados en la Zona Este, frente al 4º Anillo, Santa Cruz, de propiedad de la Sra. Gaby Montes vda. de Eguez e hijos, en la extensión de 220.000,00 m2. al precio de $b. 55.- el metro cuadrado, que da la suma global de DOCE MILLONES CIEN MIL, 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 12.100.000,00).

 

ARTÍCULO 2.- Se autoriza suscribir el contrato respectivo al Presidente y Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos con la vendedora o aporedados legalese, y con intervención de los señores Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de abril de mil 'novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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