TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 3453

DECRETO PRESIDENCIAL N° 0555

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el señor Luís Fernando Vincenti Vargas, Ministro de Hidrocarburos y Energía, debe ausentarse del país en misión oficial, del 20 al 23 de junio de 2010, a la ciudad de Montevideo – República Oriental del Uruguay, a objeto de participar en la reunión con el Ministro de Industria, Energía y Minería del Gobierno del Uruguay, para consolidar el mecanismo trilateral URUPABOL, de acuerdo a la Declaracion Conjunta de los Presidentes del Estado Plurinacional de Bolivia y de la República Oriental del Uruguay, suscrita el 13 de marzo de 2010.

 

Que es necesario designar Ministro interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894 de 7 de febrero de 2009, Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional.

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRA INTERINA DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍA, a la ciudadana ELBA VIVIANA CARO HINOJOSA, Ministra de Planificación del Desarrollo, mientras dure la ausencia del titular.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil diez.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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