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DECRETO SUPREMO N° 11485

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, la solicitud presentada por la Corporación de Desarrollo de Oruro (CORDEOR), mediante nota DEEP N° 1-117/74 de 29 de abril de 1974 pidiendo autorización para proceder a la suscripción de un Contrato con la firma Consultora “Centro Profesional Multidisciplinario” destinado a la realización del estudio relativo al “Plan Director de Oruro”;

Que, CORDEOR convocó a propuestas a las firmas consultoras del país para la realización del estudio del Plan Director para la ciudad de Oruro. habiéndose seleccionado las firmas “Prudencio, Claros y Asociados”, “Centro Profesional Multidisciplinario” y “Centro Boliviano de Productividad Industrial”;

Que, para el estudio de antecedentes y evaluación técnica de cada una de las consultoras, se organizó una comisión de Selección la cual hizo conocer, en fecha 8 de abril de 1974, sus conclusiones que se encuentran ajustadas a la Ley de Consultoría, a lo dispuesto en el Método de Calificación aprobado por la Junta y a las necesidades del estudio;

Que, por Resolución N° 2/74, la Junta de Almonedas de CORDEOR de fecha 8 de abril de 1974. aprobó en todas sus partes el informe presentado por la Junta de Selección y se autorizó a cursar la correspondiente invitación a la firma “Centro Profesional Multidisciplinario”, la misma que ocupó el primer lugar con 74.5 puntos.

Que, por Resolución N° 3/74 de la misma Junta de Almonedas, de fecha 22 de abril, de 1974, se autorizó a CORDEOR a suscribir el correspondiente contrato con el “Centro Profesional Multidisciplinario” para la realización del estudio del Plan Director de la ciudad de Oruro, en sus cinco fases: Estudio Regional, Plan Director, Estudio Financiero, Levantamiento Topográfico y Estudio de Renovación Urbana, por el costo total de $b. 2.793.333.64 y el tiempo de entrega de un año.

Que, el Directorio de CORDEOR mediante Resolución N° 37/74 de 22 de abril de 1974, se pronunció en igual sentido.

Que, la convocatoria a propuestas y la calificación respectiva, fue hecha en uso de la atribución que le confiere a CORDEOR el artículo 10 del Decreto Ley N° 09510 de 6 de diciembre de 1970 y en virtud del artículo 91 de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de la Corporación de Desarrollo de Oruro en favor del Centro Profesional Multidisciplinario para el estudio regional de Oruro, elaboración del Plan Director, estudio financiero, levantamiento topográfico y estudio de renovación urbana por un monto total de 2.793.333.64 $b.

ARTÍCULO 2.- Autorízase a CORDEOR, Contralor Departamental y Fiscal del Distrito a firmar el correspondiente contrato.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Coordinación y Secretario del Consejo Nacional de Economía y Planificación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cuatro aos.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Roberto Capriles Gutiérrez, Jaime Quiroga Matos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Oscar Gonzáles Lack, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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