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DECRETO SUPREMO N° 11462

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Convocatoria a Propuestas efectuada por el Servicio Nacional de Caminos para la construcción de la carretera asfaltada Oruro-Vinto-Machacamarca, las Actas de Apertura y adjudicación y todos los documentos pertinentes;

 

Que, cumpliendo con las formalidades establecidas por Ley; una vez publicada la Convocatoria a Propuestas, se llevó a cabo la reunión de la Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos en fecha 11de marzo de 1974. en la misma que se procedió a la apertura de propuestas, habiéndose presentado las siguientes Empresas: CONCIL, CESAR PETRICEVIC, INGEBOL y BARTOS Y CIA.;

 

Que, en fecha 26 de marzo de 1974, la mencionada Junta consideró y aprobó el informe de la Comisión Técnica Calificadora adjudicando por unanimidad la Propuesta a la EMPRESA CONSTRUCTORA CESAR PETRICEVIC, para la construcción del camino asfaltado Oruro-Vinto Machacamarca;

 

Que, corresponde al Supremo Gobierno aprobar la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos mediante Decreto Supremo en Consejo de Ministros, conforme a lo dispuesto por el artículo 46 del Decreto Ley N° 10120 de 2 de febrero de 1972;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos en su reunión de 26 de marzo de 1974. para la construcción de la carretera asfaltada Oruro-Vinto-Machacamarca, por la suma total de TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL TRES oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.-38.480.003.-).

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a los señores Ministros de Finanzas, Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno y Director de Servicio Nacional de Caminos, suscribir el respectivo contrato con los personeros de la Empresa adjudicataria y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de abril de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Guillermo Céspedes Rivera,, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Roberto Capriles Gutiérrez, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luís Leigue Suárez, Guillermo Jiménez Gallo, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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