Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026
DECRETO SUPREMO N° 11461
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
La Convocatoria efectuada por el Servicio Nacional de Caminos, para los servicios de Ingeniería del Proyecto Patacamaya-Tambo Quemado, las actas de apertura y adjudicación y todos los documentos pertinentes;
Que, cumpliendo las formalidades establecidas por Ley, una vez publicada la Convocatoria a Propuesta se llevó a cabo la reunión de la Junta de Selección del Servicio Nacional de Caminos en fecha 22 de enero de 1974, en la misma que se procedió a la apertura de las propuestas, habiéndose presentado la siguientes empresas: Ex-plan-Integral-Prudencio Claros, Tranarg-Centro Profesional Multidisciplinario e Hidroservice-Ingeniería Politécnica Americana (IPA);
Que, en fecha 12 de febrero de 1974, la mencionada Junta consideró y aprobó la prelación establecida por la Comisión Técnica Calificadora en favor de INGENIERIA POLITECNICA AMERICANA (IPA) asociada con HIDROSERVICE designando la Comisión negociadora conforme a Ley;
Que, en fecha 25 de marzo de 1974, la Junta de Selección consideró y aprobó el Informe de la Comisión negociadora, adjudicando por unanimidad la propuesta a INGENIERIA POLITECNICA AMERICANA (IPA) asociada con HIDROSERVICE;
Que, corresponde al Supremo Gobierno, aprobar la adjudicación efectuada por la Junta de Selección del Servicio Nacional de Caminos, mediante Decreto Supremo, en Consejo de Ministros conforme a Ley;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
C O N S I D E R A N D O :
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Selección del Servicio Nacional de Caminos en su reunión de fecha 25 de marzo de 1974, para servicios de Ingeniería del Proyecto caminero Patacamaya-Tambo Quemado en favor de las Empresas Consultoras asociadas INGENIERIA POLITECNICA AMERICANA (IPA) e HIDROSERVICE, por el precio total de SETECENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO oo/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 749.991.-).
ARTÍCULO 2.- Autorízase a los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Finanzas, Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno y Director del Servicio Nacional de Caminos, suscribir el respectivo contrato con los personeros de la Empresa adjudicatoria y sea con las formalidades prescritas por Ley.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de abril de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Guillermo Céspedes Rivera, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Roberto Capriles Gutiérrez, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luís Leigue Suárez, Guillermo Jiménez Gallo, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026