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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 11433

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de San José, capital de la provincia Chiquitos del Departamento de Santa Cruz ha presentado su proyecto de ordenanza de patentes y impuestos a consideración del Consejo Nacional de Economía y Planificación:

 

Que, los organismos técnicos de los Ministerios de Finanzas y Secretaría de Economía y Planificación, han elaborado informe y proyecto sustitutivo sobre la referida ordenanza;

 

Con dictamen favorable del Consejo Nacional de Economía y Panificación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase Ordenanza de Patentes e Impuestos de la Honorable Alcaldía Municipal de San José, capital de la provincia de Chiquitos (Santa Cruz) para la gestión de 1974 en sus siguientes capítulos, párrafos e Items.

 

CAPÍTULO PRIMERO

PARRAFO “A”

 

Item. Detalle Categorías $b. Nº     1a. 2ª. 3a.   PROFESIONALES         1.- 2.- 3.- 4.- 5.- 6.- 7.- 8.- 9.- 10.- Médicos Cirujanos…………………. Dentistas con Clínicas……………… Abogados…………………………… Gestores de juicios…………………. Agrónomos…………………………. Veterinarios………………………… Contadores…………………………. Fotógrafos establecidos……………. Topógrafos………………………… Contratistas en construcción sobre el valor del contrato 1%.................... Anual“ “ “ “ “ “ “ “     200.- 200.- 200.- 150.- 100.- 150.- 150.- 100.- 150.- - 150.- 150.- 150.- 100.- - 100.- 100.- 80.- 100.-   - 100.- 100.- 100.- 50.- - - - - -   -

 

CAPÍTULO SEGUNDO

PARRAFO “B”

COMERCIALES

 

1.-   2.- 3.- 4.- 5.- 6.-   7.- 8.- 9.- 10.- Solicitud de inscripción en el registro De comercio o industria……………. Importadores establecidos…………. Comercio en general………………. Pulpería en general………………… Puestos en venta…………………… Comerciantes ambulantes por o cada vez…………………………………. Boticas y Farmacias……………….. Bares en general…………………… Cantinas y Billares………………… Agendas en general………………..     Mensual“Mensual“ “   “ “ “ “ “   50.- 60.- 70.- 50.- 40.-   50.- 50.- 60.- 60.- 40.-   - 40.- 50.- 30.- 30.-   - 40.- 30.- 40.- 30.-   - 20.- 30.- 20.- 20.-   - 30.- 20.- 30.- 20 -

 

CAPÍTULO TERCERO

PARRAFO “C”

INDUSTRIALES

 

1.- 2.- Inscripción (derechos) Aserraderos ………………………… Anual Mensual 100.- 50.- - 40.- - 20.- 3.- 4.- 5.- 6.- 7.- 8.- 9.- 10.- Tejerías …………………………….. Carpinterías………………………… Curtiembres………………………… Sastrerías…………………………… Calerías…………………………….. Zapaterías…………………………… Peluquerías………………………….. Fabrica de bebidas gaseosas…………   “ “ “ “ “ “ “ “ 60.- 60.- 40.- 40.- 30.-30.- 30.- 100.- 40.- 40.- 30.- 30.- 20.- 20.- 20.- 80.- 20.- 20.- 20.- 20.- - - - 50.-

 

CAPÍTULO CUARTO

PARRAFO “D”

EXPLOTACIÓN DE MADERA DE LA ZONA

 

1.- 2.- 3.- 4.- 5.- 6.- Por cada tronca m3……………….. Durmientes tipo ferrocarril, por pieza Leña m3…………………………… Tablas de toda especie por m2……. Palza por unidad…………………... Madera de construcción por unidad.   5.- 0,30 0,30 0,30 1.00 4.00 - - - - - - - - - - - -

 

CAPÍTULO QUINTO

PARRAFO “E”

GANADO

 

1.- 2.- 3.-   4 - Embarque de ganado por cabeza Embarque de ganado en tránsito Derribe de ganado vacuno por cabeza…………………………….. Derribe de ganado porcino por cabeza……………………………..   8.00 4.00   40.00   10.00   - -   -   - - -   -   -

 

CAPÍTULO SEXTO

PARRAFO “F”

SERVICIO DE HOTELES

 

l.- 2.- 3.- Pensión con alojamiento…………… Alojamiento………………………... Pensión en general………………….   Mensual“ “ 50.- 30.- 30.- 30.- 20.- 20.- 20.- - -

 

CAPÍTULO SEPTIMO

PARRAFO “G”

CINES Y OTROS ESPECTACULOS

 

1.- Cine y otros espectáculos públicos el 10% sobre las entradas vendidas.   - - - 2.- 3.- Rifas el 10% sobre el valor………. Bandas de Música, Orquesta o Conjuntos musicales………………   “ -   40.- -   30.- -   20.-

 

CAPÍTULO OCTAVO

PARRAFO “H”

SERVICIO DE CONTROL MUNICIPAL

 

1.- 2 -   3.- 4.- 5.-   6.- 7.-   8.- Registro de pesas y medidas………... Comparsas para el carnaval por persona, sea hombre o mujer……… Patente de máscaras………………. Alquiler de puestos en el mercado Derecho de derribe en el matadero por cabeza………………………… Alquiler de abarrotes en el mercado Alquiler de abarrotes en el mercado Diario…………………………….. Predial urbano el 4 °/oo, sobre el valor catastral…………………….. “   “ “ “ “   “   “   “ 5.-   5.- 10.- 40.- 10.-   40.-   5.-   - -   - - - -   -   -   - -   - - - -   -   -   -

 

CAPÍTULO NOVENO

PARRAFO “I”

VEHICULOS PEAJE URBANO

 

1.- 2.- 3.- 4.- 5.-   6.- Camiones……………………………. Camionetas…………………………. Taxis………………………………… Motocicletas…………………………. Vehículos de otras poblaciones p.c. entrada ………………………………. Vehículos en tránsito…………………   Mensual“ Mensual “   “ “ 20.- 15.- 10.- 5.-   10.- 10.- 15.- 10.- 15.- -   - - 10.- - - -   - -

 

CAPÍTULO DECIMO

PARRAFO “J”

 

VENTAS DE TIERRAS MUNICIPALES

 

1.- 2.- 3.-   4.- Por metro cuadrado en la población En el Cementerio por m2…………. Por hectáreas en el Radio Urbano mayor……………………………… Metro lineal de terrenos sin edificar dentro de la población…………….. Mensual“   “   “ 2.- 20.-   50.-   1.50 1.50 -   -   - 1.- -   -   -

 

CAPÍTULO DECIMO PRIMERO

PARRAFO “K”

 

VARIOS IMPUESTOS

 

1.- 2.- 3.-   4.- 5.-   6 -   7.-   8.- 9.- 10.- 11.-   12.- 13.- 14.- 15 - 16.- Certificaciones de documentos……… Certificados expedidos……………… Copias legalizadas Municipales, por cada foja…………………………….. Autorizaciones distintas…………….. Inscripción de títulos en el registro Municipal de tierras…………………. Arrendamiento de potreros de pasaje por cada mes………………………… Sellado de vinos extranjeros, por cada garrafón o litro…………………. Cerveza extranjera, por cada botella Otros licores en general……………... Placas para canes c/u………………... Embarque de cueros vacunos por unidad……………………………….. Pieles silvestres de puercos…………. Pieles silvestres de gato tigrillo……... Piel de tigre………………………….. Piel de lagarto………………………..Otras pieles silvestres……………….. 25.- 40.-   10.- 40.-   20.-   20.-   5.- 2.- 3.- 20.-   0,50 0,30 60.- 200.- 100.- 400.- - -   - -   10.-   20.-   - - - -   - - - - - - - -   - -   -   -   - - - -   - - - - - -

 

ARTÍCULO 2.- Los impuestos y patentes de la presente ordenanza no afectan al comercio en transito ni al de exportación.

 

ARTÍCULO 3.- La aprobación de esta ordenanza no afecta a las estipulaciones liberatorias de los tratados internacionales vigentes.

 

ARTÍCULO 4.- La Municipalidad sólo podrá cobrar un peso boliviano ($b. 1.-) por cada juego de formularios de declaración de impuestos y comprobantes de pago en caja de patentes e impuestos municipales quedando prohibida cualquier elevación en su precio.

 

ARTÍCULO 5.- Las poblaciones satélites dentro del radio urbano que no tenga lo servicios de agua, y alcantarillado quedan exentas del pago de impuestos municipales, mientras no dispongan de dichos servicios.

 

ARTÍCULO 6.- La Municipalidad no cobrara impuestos ni patentes a las similares del país por ningún concepto,

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Interior quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días de mes de abril de mil novecientos setenta y cuatro años

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Roberto Capriles Gutiérrez, Jaime Quiroga Mattos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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