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DECRETO SUPREMO N° 12329

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Ministerio de Finanzas, en uso de sus privativas atribuciones, ha designado mediante R.M. N° 359 de fecha 22/3/74, una comisión encargada de la revisión del Proyecto de "Principios y Normas de Contabilidad Fiscal", elaborado por los técnicos de Public Administración Service para su aplicación en todos los organismos del Sector Público.

Que, la nombrada comisión despues de un exhaustivo análisis, ha elevado ante el Sr, Ministro de Finanzas, la exposición de motivos y conclusiones favorables para la aprobación del referido documento, tomando en cuenta que desde la promulgación de la Ley de 1928, no se han introducido modificaciones sustanciales en el sistema contable fiscal, existiendo por el contrario disposiciones aisladas que no solucionan problemas específicos de la Contabilidad.

 

Que, en atención a la estructura de cuentas que aprueba el compendio de Principios y Normas, se establece una clasificación ordenada de fondos para una mayor claridad de la contabilización de los ingresos y egresos, hecho que al importar un cambio radical en el manejo de las cuentas fiscales requiere de una aplicación gradual y sistemática de los principios que establece el documento señalado, por lo que se hace necesario encomendar a la Dirección General de Contabilidad Fiscal del Ministerio de Finanzas, la edición, difusión y su implementación.

 

CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL

CONSEJO DE ECONOMIA Y PLANEAMIENTO.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase en sus tres capítulos y veintitres secciones los "Principios y Normas de Contabilidad Fiscal", para su aplicación en los organismos de la Administración Central, Descentralizada, Desconcentrada y Local.

 

ARTÍCULO 2.- Encomiéndase a la Dirección General de Contabilidad Fiscal del Ministerio Finanzas, la edición, difusión e implementación del presente compendio de Normas y Principios de Contabilidad Fiscal.

 

El señor Ministro de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramriez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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