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DECRETO SUPREMO Nº 12325

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

Que, la solicitud de la Embajada del Japón en su Nota Verbal Nº GR 321-99-74 de 22 de octubre próximo pasado, pidiendo el reconocimiento del “SERVICIO INTERNACIONAL DEL JAPON”, cuyas atribuciones reemplazan al Servicio de Emigración del Japón, como organismo ejecutor del Convenio de 2 de agosto de 1956.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Reconocer el “SERVICIO DE COOPERACION INTERNACIONAL DEL JAPÓN”, con las mismas atribuciones del extinguido Servicio de Emigración del Japón, concedidas por el Gobierno Boliviano mediante Decreto Supremo N° 08049 de 12 de julio de 1967.

 

El señor Ministro en el Despacho Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de La Paz, a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Lechín Suárez, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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