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DECRETO SUPREMO N° 12263

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, de acuerdo al programa de obras presupuestadas para el año 1974, el mencionado Comité en fecha 19 de julio de 1974, convocó a licitación pública para la provisión de una bomba centrífuga eléctrica, habiendo concurrido al primer llamado las siguientes firmas: ROGHUR, MATPETROL LTDA., HILLER Y CIA. Y ACQUATEC S. A.

 

Que, cumplidas las formalidades legales necesarias, la Junta Especial de Almonedas del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, en su reunión del día 4 de octubre de 1974, adjudicó a la firma ROGHUR la provisión de la incidencia bomba.

 

Que, los cuadros comparativos, informes técnicos, dictámenes y demás antecedentes puestos a consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que la adjudicación efectuada en favor de la firma ROGHUR es la más conveniente por las mayores ventajas y seguridades que ofrece.

 

Que, en virtud del Art 13, inciso e) del D.S. No. 11356 de 22 de febrero de 1974, corresponde dictarse Decreto Supremo de acuerdo con el monto.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta Especial de Almonedas del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz en fecha 4 de octubre de 1974, en favor de ROGHUR para la provisión de una bomba centrífuga eléctrica, por un valor de $us. 31.315.- y sea con intervención del Fiscal de Distrito, la Contraloría Departamental y personeros del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz en la suscripción del contrato.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de febrero de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, Alberto Guzmán Soriano, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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