DECRETO LEY N° 19212
GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que los Artículos 146 y 147 de la Constitución Política del Estado facultan al Poder Ejecutivo determinar normas para la elaboración y aplicación del Presupuesto General de la Nación.
Que el Comando General del Ejército para el pago de sus obligaciones presupuestarias, mediante su Departamento V-Finanzas EMGE, demanda ante la Pagaduría Central de las Fuerzas Armadas de la Nación la Provisión de recursos económicos.
Que la Pagaduría Central de las Fuerzas Armadas una vez glosadas y aprobados los requerimientos, efectiviza la entrega de recursos económicos con cargo de Cuenta Documentada a la Sección Caja-Habilitación del Comando General del Ejército, la misma que efectúa giros a los institutos y Unidades Militares del Interior de la República, manteniendo la responsabilidad hasta que los destinatarios rindan Cuenta Documentada.
Que este sistema impide un pronto y efectivo descargue que pueda efectuar el Cajero-Habilitado del Comando General del Ejército, manteniéndose indefinidamente Cargo de Cuenta en su contra, acción imposibilita recuperar solvencio por hecho ajeno a su voluntad.
Que de acuerdo al informe emitido por la Contraloría General de la República, los Ministerios de Defensa Nacional y Finanzas, deben dictar la disposición legal correspondiente para enmendar y reparar el sistema imperante hasta el presente;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el procedimiento empleado existente entre el Comando General del Ejército por intermedio de su Departamento V-Finanzas, la Pagaduría Central de las Fuerzas Armadas de la Nación dependientes del Ministerio de Defensa Nacional por la presentación y la aprobación del Presupuesto de Gastos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Con carácter de excepción y por esta única vez se encomienda a las Entidades de Control Fiscal de la República para que por medio de sus personeros e Interventores, autoricen efectuar los traspasos de Cargo de Cuenta pendientes a nombre de cada uno de los Cajeros o Jefes de Servicio responsables del manejo de los Recursos Económicos, remesados por el Departamento V-Finanzas EMGE.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustín Saavedra Weise, Edgar Rojas Ruiz, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro G., Raúl Soria Ruiz, Julio Villagomez V., Octavio Villavicencio Q., Victor Hugo Balderrama C., Augusto Sánchez Valle, Dorian Gorena Urizar, Manuel Luján Alba, Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas, Luis Peñaranda Beltrán.