LEY DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1958
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por Cuanto:
El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley;
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1°— De acuerdo con la Constitución Política del Estado, en su artículo 58, Sección 15a, se autoriza a la Alcadía Municipal de Potosí, la venta de 4.666 metros cuadrados de terrenos baldíos que se hallan en la parte norte de la Avenida "Litoral" de dicha ciudad.
Artículo 2°— Para el efecto se dividirán en lotes para adjudicar a los peticionarios con destino a la ampliación de las viviendas obreras que poseen los vecinos de la indicada zona.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 8 de septiembre de 1958.
(Fdo).— Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.— Germán Quiroga Galdo, Presidente de la H. Cámara de Diputados.— Oscar Donoso, Senador Secretario.— Alberto Lavadenz, Senador Secretario.— Oswaldo Antelo, Diputado Secretario.— Fuad Mujaes, Diputado Secretario.
POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los diez y ocho días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho años.
(Fdo).— HERNAN SILES ZUAZO.— Walter Guevara A.