DECRETO SUPREMO N° 4496
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Asociación de Basket-ball de la ciudad de Oruro tiene un campo deportivo ubicado en la calle La Paz, que por su reducida superficie es inapropiado para la construcción del Coliseo Departamental;
Que los informes técnicos producidos por la Prefectura de Oruro han señalado las propiedades necesarias para la ampliación de dicho campo deportivo, cumpliendo así uno de los objetivos del Gobierno de la Revolución Nacional, el de contribuir a la superación física de las mayorías.
DECRETA:
Artículo 1°— Declárase de necesidad y utilidad públicas la expropiación de los terrenos pertenecientes a Daniel Céspedes, con una superficie de 1.058.90 metros cuadrados; a Edmundo Villarroel y hermanos con 150.40 metros cuadrados; a Sabina Pérez con 229.62 metros cuadrados; a Josefina v. de Luna con 211.50 metros cudrados y a Alejandro Quispe con 396.00 metros cuadrados, o sea el total de 2.040 metros cuadrados.
Artículo 2°— La anterior superficie será integramente destinada o la construcción del Coliseo Cerrado de la ciudad de Oruro.
Artículo 3°— La Alcaldía Municipal de Oruro, llenará las formalidades previstas por la Ley de 30 de diciembre de 1884, debiendo abonarse el monto de la expropiación con el producto de las recaudaciones obtenidas en esa ciudad, en cumplimiento de la aplicación de la Papeleta Valorada, "Fomento del Deporte", creada por Decreto Supremo de 23 de octubre de 1954 e igual de 23 de junio de 1955.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y seis años.
(Fdo.) HERNAN SILES ZUAZO.—Fernando Diez de Medina.