TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° N° 3498

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que una de las finalidades del Gobierno de la Revolución Nacional, es fomentar el deporte en todas sus manifestaciones, concurriendo a la construcción o ampliación de los campos deportivos existentes en la República;

 

Que el Club Deportivo "Ferroviarios" de la ciudad de Potosí, posee un campo de foot-ball destinado a las prácticas de este deporte entre sus afiliados y demás instituciones deportivas de la Villa Imperial;

 

Que dicho campo deportivo no tiene la extensión reglamentaria;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°— Con destino a la ampliación de la cancha de foot-ball del Club Deportivo "Ferroviarios" de la ciudad de Potosí, declárase de necesidad y utilidad públicas la expropiación de una faja de terreno erial de ciento veinticinco metros de largo por quince metros de ancho, de propiedad de José Salguero, adyacente a la referida cancha situada en la zona del Pampón de Potosí, colidante al este con la cancha de foot-ball y al norte y sudoeste con terrenos del mismo señor Salguero.

 

Artículo 2°— La Prefectura de Potosí tramitará la expropiación a que se refiere el artículo anterior de conformidad a las leyes de 30 de diciembre de 1884 y 25 de octubre de 1944.

 

Artículo 3°— El valor de la faja de terreno expropiado, será cubierto con fondos del Club "Ferroviarios".

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, se encargará de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y tres años.

 

(Fdo.) VICTOR PAZ ESTENSSORO.— Fernando Iturralde Chinel.— Walter Guevara Arze.— Julio Ml. Aramayo.— Ñuflo Chávez Ortíz.— Juan Lechín Oquendo.— Adrián Barrenechea T.— Gral. Luis Ernesto Arteaga.— Germán Butrón.— Augusto Cuadros Sánchez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|