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DECRETO SUPREMO Nº 29211

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que partes del contenido expresado en el Decreto Supremo Nº 29200 publicado el 19 de julio de 2007, modifican los objetivos, fines y alcances del Contrato de Riesgo Compartido del Mutún, suscrito el 18 de julio de 2007.

 

Que es necesario preservar la continuidad del proceso de explotación e industrialización del Mutún, la seguridad jurídica de los actos del Estado Boliviano y resguardar la validez y eficacia del Contrato de Riesgo Compartido, suscrito el 18 de julio de 2007.

 

Que es política del Gobierno Nacional, garantizar la distribución equitativa de los recursos generados por las operaciones del Proyecto Siderúrgico del Mutún, razón por la que se emite el presente Decreto Supremo.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.-

I. Se derogan los Parágrafos I, II y IV del Artículo 2 y los Artículos 1, 3, 4, 5, 6 y 7 del Decreto Supremo N° 29200 publicado el 19 de julio de 2007.

 

II. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.

Los Señores Ministros de Estado, en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil siete.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Jerges Mercado Suárez, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Nila Heredia Miranda.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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