DECRETO SUPREMO N° 11336
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, revisada la ejecución presupuestaria de la Corporación de Desarrollo del Departamento de Cochabamba, se ha verificado un apreciable incremento en sus ingresos con relación a los calculados en el Presupuesto Consolidado del Sector Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 11054 de 30 de agosto de 1973.
Que, a mérito de los anteriores incrementos, la referida Entidad Pública solicita la aprobación de un Presupuesto Adicional, financiado con recursos provenientes de regalías mineras y renta destinada de la Aduana Nacional, a objeto de regularizar sus Ingresos y Egresos en la presente gestión fiscal de 1973.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Corporación de Desarrollo del Departamento de Cochabamba, para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1973, por al suma de DOS MILLONES QUINCE MIL SEISCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.015.600.-), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS
(En Pesos bolivianos)
Presupuesto
Código
Fuente
Adicional
1973
I NACIONALES
2.015.600.-
2.-
Recursos Propios
190.000.-
12% Regalías Mineras
(Recaudación de Aduanas)
190.000.-
4.-
Transferencias
640.000 -
3 Empresas Públicas
640.000.-
Comíbol
600.000 -
Banco Minero de Bolivia
40.000.-
5.-
Otros
1.135.600 -
Saldo Gestión Anterior
1.135.600.-
(Regalías Devengadas)
Totales
2.015.600.-
EGRESOS
(En Pesos bolivianos)
Presupuesto
Código
Descripción
Adicional
1973
200
SERVICIOS NO PERSONALES
1.370.600.-
220
Publicidad e Imprenta
20.000.-
221
Publicidad
5.000.-
222
Imprenta
15.000.-
230
Transporte y Gastos de Viaje
13.000.-
231
Gastos de Viaje
8.000.-
232
Viáticos
5.000.-
240
Seguros
15.000.-
241
Automotores y Aereonaves
15.000.-
260
Mantenimiento y Reparaciones
15.000 . -
262
Equipo
15.000.-
270
Servicios Profesionales y Comerciales
1.807.600 -
273
Estudios, Investigaciones y Proyectos
1.807.600.-
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
35.000,-
310
Suministros de Oficina y Publicaciones
10.000 -
311
Papelería
5.000.-
312
Publicaciones
3.000.-
313
Suministros varios de oficina
2.000.-
320
Suministros Generales
3.000 -
324
Alimentos
3.000.-
330
Suministros para Construcción y Mantenimiento
22.000 -
331
Lubricantes y Combustibles
10.000.-
332
Accesorios y Repuestos para Maquinaria y Equipo
10.000.-
334
Productos Químicos y Conexos
2.000.-
400
ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS
90.000 -
430
Maquinaria y Equipo
90.000.-
431
Equipo de Oficna y Muebles
10.000.-
433
Equipo de Transporte, Tracción y Elevación
30.000.-
600
RESERVAS
20.000 -
620
Reservas Sociales
20.000.-
621
Reserva para Beneficios Sociales
20.000.-
Totales
2.015.600.-
ARTÍCULO 2.- El presente Presupuesto se sujetará en su ejecución a las disposiciones generales establecidas en el D.S. N° 10667 de 29 de diciembre de 1972.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación, quedan en cargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de febrero de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Jaime Mendieta Vargas, Germán Azcárraga Jiménez, Luís Leigue Suárez, Alfredo Franco Guachalla, Ramón Azero Sanzetenea, Raúl Lema Patiño, Guillermo Bulacia Salek, Waldo Cerruto Calderón, Wálter Castro Avendaño, Jaime Quiroga Matos, Ambrosio García Rivera, Mario Serrate Ruíz, Alberto Natusch Busch, Roberto Capriles, Juan Pereda Asbún, Sergio Otero Gómez, Guido Valle Antelo.