Regulatorias
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Id Norma Reg | Id Tipo Reg | Nro Norma | Anio | Id Idioma | Fecha Emision | Titulo | Resumen | Direccion Archivo | Observaciones | Estado | Actions |
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5832 | ANH/0534-2009 | 0 | 0 | 2009-05-25 | Modificar la parte resolutiva primera de la Resolución Administrativa ANH N° 0478/2009 de fecha 11 de mayo de 2009, de la siguiente manera: Autorizar a la Empresa FDS TRADING CO., con NIT N° 4258676017, la importación y comercialización aproximada mensual de 90,000.00 Lts., de lubricantes, procedentes de la empresa Warren Oil Company Inc., de los Estados Unidos de Norteamérica, con partida arancelaria Nº 2710.19.38.00 de acuerdo al siguiente detalle: | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0534_COMPLEMENTACION_RA-0478_DE_IMPORT_DE_LUBRICANTS_PARA-FDS_APRUEBA_COMERCIALIZACION_25-05-0.doc | View Edit Delete | ||||
5833 | ANH/0535-2009 | 0 | 0 | 2009-05-25 | Disponer la INSCRIPCION de la empresa CONSTRUCTORA MULTIDICIPLINARIA COMZEPOL S.R.L. , en la Categoría Doméstica del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el personal técnico siguiente: Galo Romualdo López Villca Técnico de Proyectos II Nery Herbert Challapata Lunaca Instalador II | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0535-2009-COMZEPOL_SRL.doc | View Edit Delete | ||||
5834 | ANH/0536-2009 | 0 | 0 | 2009-05-25 | Disponer la INSCRIPCION de la EMPRESA UNIPERSONAL HUAYHUA & MARIN - GAS en la Categoría Doméstica del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el personal técnico siguiente: Harnold Hans Marín Cáceres Técnico de Proyectos II Víctor Mamani Gómez Instalador II | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0536-2009-HUAYHUA_&_MARIN-GAS.doc | View Edit Delete | ||||
5835 | ANH/0538-2009 | 0 | 0 | 2009-05-26 | Autorizar a la Empresa WISSEND CIA. LOGÍSTICA COMERCIAL BOLIVIANA S.R.L., con NIT Nº 161158026, la importación aproximada mensual de 29,400.00 Lts., de lubricantes procedentes de la empresa Isopetrol S.A., de la República del Perú, con partida arancelaria Nº 2710.19.38.00, de acuerdo al siguiente detalle: PRODUCTO PARTIDA ARANCELARIA | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0538_IMPORT_DE_LUBRICANTES_DE_ISOPETROL_DEL_PERU_PARA-WISSEND_26-05-2009.doc | View Edit Delete | ||||
5836 | ANH/0539-2009 | 0 | 0 | 2009-05-26 |
PRIMERO.- Autorizar a la Empresa Minera Manquiri S.A., con NIT Nº 1017233026, la importación aproximada mensual de 350.00 m3 de Diesel Oil, procedente de la Empresa proveedora Shell Chile S.A.C. e. I., de la República de Chile, con partida arancelaria Nº 2710.19.21.00.
SEGUNDO.- Instruir a la Empresa Minera Manquiri S.A., durante la internación al país del producto detallado en el Artículo Primero, presentar el certificado de calidad de origen expedido por el fabricante y cumplir con lo establecido en el Reglamento de Calidad de Carburantes y Lubricantes. TERCERO.- La presente autorización tiene validez de un año a partir de la fecha de su emisión. |
d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0539_IMPORT_DE_DIESEL_OIL_DE_SHEL_CHILE_SACEI_DE_CHILE_PARA-MINERA-MANQUIRI_26-05-2009.doc | View Edit Delete | ||||
5837 | ANH/0540-2009 | 0 | 0 | 2009-05-27 | Declarar improbados los cargos formulados mediante Auto de fecha 12 de febrero de 2009 contra la Empresa Z&Z LTDA , propietaria de la Estación de Servicio Paragupor ser presunta responsable de infringir lo establecido en el inciso c) del artículo 39 del Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos aprobado por Decreto Supremo No. 24721 de 23 de abril de 1997, al no acatar las instrucciones impartidas por el Ente Regulador, así como lo establecido en el inciso c) del artículo 110 de la Ley de Hidrocarburos No. 3058 de 17 de mayo de 2005, al no acatar las instrucciones impartidas por el mismo. | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0540-2009_RESUELVE_CARGOS_REV_LIC_INCUMPLIMIENTO_INSTRUCCIONES_SH-Z_Y_Z_LTDA_PARAGUA.doc | View Edit Delete | ||||
5838 | ANH/0542-2009 | 0 | 0 | 2009-05-27 | Declarar improbados los cargos formulados mediante Auto de fecha 12 de febrero de 2009 contra la Empresa ESTACION DE SERVICIO LA GOTERA S.R.L. , por ser presunta responsable de infringir lo establecido en el inciso c) del artículo 39 del Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos aprobado por Decreto Supremo No. 24721 de 23 de abril de 1997, al no acatar las instrucciones impartidas por el Ente Regulador, así como lo establecido en el inciso c) del artículo 110 de la Ley de Hidrocarburos No. 3058 de 17 de mayo de 2005, al no acatar las instrucciones impartidas por el mismo. | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0542-2009_RESUELVE_CARGOS_REV_LIC_INCUMPLIMIENTO_INSTRUCCIONES_SH-LA_GOTERA.doc | View Edit Delete | ||||
5839 | ANH/0544-2009 | 0 | 0 | 2009-05-28 | Declarar improbados los cargos formulados mediante Auto de fecha 12 de febrero de 2009 contra la Empresa ESTACION DE SERVICIO ALI , propietaria de la Estación de Servicio Ali, por ser presunta responsable de infringir lo establecido en el inciso c) del artículo 39 del Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos aprobado por Decreto Supremo No. 24721 de 23 de abril de 1997, al no acatar las instrucciones impartidas por el Ente Regulador, así como lo establecido en el inciso c) del artículo 110 de la Ley de Hidrocarburos No. 3058 de 17 de mayo de 2005, al no acatar las instrucciones impartidas por el mismo. | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0544-2009_RESUELVE_CARGOS_REV_LIC_INCUMPLIMIENTO_INSTRUCCIONES_SH-ALI.doc | View Edit Delete | ||||
5840 | ANH/0546-2009 | 0 | 0 | 2009-05-28 |
PRIMERO.- Otorgar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, permiso para la exportación de Crudo Reconstituido RECON, con destino a Sud América, Estados Unidos de Norteamérica, Centro América, El Caribe, Europa o Asia, a favor de la Empresa Petromar AVV on Behalf of PDVSA Petróleo S.A., por un volumen de 300.000 barriles +/-10% (séptimo embarque), a partir del 28 de mayo de 2009 (Ventana de Embarque del 28 de mayo al 28 de junio de 2009).
SEGUNDO.- Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo tercero, inciso a) del Decreto Supremo 28176 de 19 de mayo de 2005, asume el compromiso de abastecer preferentemente el mercado interno antes que sus exportaciones. TERCERO.- El permiso de exportación de hidrocarburos líquidos otorgado mediante la presente Resolución Administrativa podrá ser suspendido, previa notificación a la empresa solicitante, en caso de evidenciarse el desabastecimiento del producto objeto de la exportación, en el mercado interno. |
d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0546_EXPO_RECON_YPFB_(URGENTE)_SEPTIMO_EMBARQUE_SOLICITUD_28-05-2009.doc | View Edit Delete | ||||
5841 | ANH/0546-2009 | 0 | 0 | 2009-05-28 |
PRIMERO.- Otorgar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, permiso para la exportación de Crudo Reconstituido RECON, con destino a Sud América, Estados Unidos de Norteamérica, Centro América, El Caribe, Europa o Asia, a favor de la Empresa Petromar AVV on Behalf of PDVSA Petróleo S.A., por un volumen de 300.000 barriles +/-10% (séptimo embarque), a partir del 28 de mayo de 2009 (Ventana de Embarque del 28 de mayo al 28 de junio de 2009).
SEGUNDO.- Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo tercero, inciso a) del Decreto Supremo 28176 de 19 de mayo de 2005, asume el compromiso de abastecer preferentemente el mercado interno antes que sus exportaciones. TERCERO.- El permiso de exportación de hidrocarburos líquidos otorgado mediante la presente Resolución Administrativa podrá ser suspendido, previa notificación a la empresa solicitante, en caso de evidenciarse el desabastecimiento del producto objeto de la exportación, en el mercado interno. |
d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0546_EXPO_RECON_YPFB_(URGENTE)_SEPTIMO_EMBARQUE_SOLICITUD_28-05_-2009.doc | View Edit Delete | ||||
5842 | ANH/0547-2009 | 0 | 0 | 0000-00-00 | De conformidad con lo establecido por el inciso a), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante D.S. 27172 de 15 de septiembre de 2003, se desestima el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa Distribuidora de GLP Guarayos Gas, contra la Resolución Administrativa SSDH No. 0962/2008 de 29 de septiembre de 2008, por haber sido interpuesto fuera del plazo establecido por el artículo 64 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 2341 de 23 de abril de 2002. | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0547-2009_GUARAYOS_GAS_0962_2008.doc | View Edit Delete | ||||
5843 | ANH/0548-2009 | 0 | 0 | 0000-00-00 | Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa YPFB Transporte S.A., contra la Resolución Administrativa SSDH No. 0111/2009 de 27 de enero de 2009, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172. | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0548-2009YPFB_TRANSPORTE_111-2009.doc | View Edit Delete | ||||
5844 | ANH/0548-2009 | 0 | 0 | 0000-00-00 | Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa YPFB Transporte S.A., contra la Resolución Administrativa SSDH No. 0111/2009 de 27 de enero de 2009, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172. | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0548-2009_YPFB_TRANSPORTE_111-2009.doc | View Edit Delete | ||||
5845 | ANH/0549-2009 | 0 | 0 | 0000-00-00 | Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa YPFB Transporte S.A., contra la Resolución Administrativa SSDH No. 0112/2009 de 27 de enero de 2009, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172. | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0549_YPFB_TRANSPORTE_112B-2009.doc | View Edit Delete | ||||
5846 | ANH/0550-2009 | 0 | 0 | 2009-05-29 | Autorizar y aprobar la Comisión de Viaje solicitada en el Formulario de Solicitud de Pasajes y Viáticos Nº 008106 de fecha 28 de mayo de 2009, correspondiente a Edgar Trujillo Gutiérrez, Director Administrativo Financiero, con el objeto de realizar inspección de activos y almacenes en la Regional Cochabamba del Departamento de Cochabamba; desde el 29 al 31 de mayo de 2009. | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0550_AUTORIZ__LIC__TRUJILLO.doc | View Edit Delete | ||||
5847 | ANH/0551-2009 | 0 | 0 | 2009-05-01 | Disponer la RECATEGORIZACIÓN de registro de la empresa unipersonal TE GAS en la categoría Comercial del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, manteniendo el personal técnico registrado originalmente: Efraín Basilio Quispe Apaza Técnico de Proyectos II | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0551-2009_TE_GAS_RECATEGORIZACION.doc | View Edit Delete | ||||
5848 | ANH/0552-2009 | 0 | 0 | 2009-05-01 | Disponer la INSCRIPCION de la empresa EMPRESA DE INSTALACION DE GAS RODRIGOS ZAPANA S.R.L. , en la Categoría Doméstica del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el personal técnico siguiente: Boris Luís Quispe Montalvo Técnico de Proyectos II Claudio Julián Canaza Quispe Instalador II | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0552-2009-RODRIGOS_ZAPANA_SRL.doc | View Edit Delete | ||||
5849 | ANH/0554-2009 | 0 | 0 | 2009-05-01 | En aplicación del mecanismo de cálculo del Precio Internacional, establecido en el Decreto Supremo N° 29814 de 27 de noviembre de 2008, los precios son: | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0554-2009-PRECIO_DIFERENCIADOS_EESS-JUNIO-2009.doc | View Edit Delete | ||||
5850 | ANH/0554-2009 | 0 | 0 | 2009-05-01 | En aplicación del mecanismo de cálculo del Precio Internacional, establecido en el Decreto Supremo N° 29814 de 27 de noviembre de 2008, los precios son: | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0554-2009-PRECIO_DIFERENCIADOS_EESS-JUNIO.doc | View Edit Delete | ||||
5851 | ANH/0555-2009 | 0 | 0 | 2009-05-01 | En aplicación del Decreto Supremo Nº 29629 de 2 de julio de 2008, publicado el 3 de julio de 2008, fijar el Margen Minorista en 1,0247 Bs./m3. | d:\gaceta_ediciones\normas_regulatorias\ANH\2009\RA-0555-2009-MARGEN_MINORISTA_FONDO_CONVERSION-1-06-2009.doc | View Edit Delete |